Nos proponemos difundir la historia de la Universidad de Sonora, para lo cual ya se han publicado cuatro libros. Además, nos proponemos opinar sobre política educativa y el conjunto de circunstancias que inciden sobre la educación pública. Se trata de una labor enraizada en el estudio de la historia de nuestro país y a ella habremos de dedicar también nuestro trabajo.

  • Historia de la Universidad de Sonora (1938-1953). Autor: Miguel Castellanos Moreno.

    Primera edición en el mes de febrero de 1991. En el libro: "La educación en México en mil libros" de Alfredo Mendoza Cornejo, editado por la Universidad de Guadalajara, se comenta de él lo siguiente: "Historia analítica que se aboca a la comprensión de la lucha entre diversas corrientes ideológicas y de poder por crear la Universidad y, posteriormente, por sentar su hegemonía, a fin de hacer de la institución una plataforma política, mediante el vínculo del quehacer universitario con la política partia."

  • Batalla de Puente de Calderón

    A medio camino entre Guadalajara y Tepatitlán de Morelos Jalisco se encuentra Puente de Calderón. Aquí se libró una batalla histórica entre el ejército Insurgente comandado por Don Miguel Hidalgo y Costilla y las tropas realistas dirigidas por el brigadier Calleja un 17 de enero de 1811. El resultado condicionó la libertad de los mexicanos hacia el futuro y costó miles de vidas de patriotas

  • Estatua de Miguel Hidalgo

    Ubicada en Puente de Calderón

  • LOS CONTEOS DE LA ELECCIÓN PRESIDENCIAL DE 2006, del Doctor Arnulfo Castellanos Moreno

    Numerosos estudiantes y profesores asistieron a la presentación del libro LOS CONTEOS DE LA ELECCIÓN PRESIDENCIAL DE 2006, en el auditorio del Departamento de Sociología y Administración Pública de la Universidad de Sonora.

  • Así se forjó la Ley 103. Autor: Miguel Castellanos Moreno

    Documento elaborado en los años ochenta y publicado por el STAUS en junio de 1991, en vísperas de la imposición de la Ley 4. "Así se forjó la Ley 103" es la crónica de una imposición anunciada, si recordamos que unos meses después de publicado este trabajo, el gobernador Beltrones hizo aprobar la Ley 4 repitiendo el procedimiento efectuado 18 años antes.

  • Biblioteca Juan José Arreola

    El arquitecto Antonio Toca, quien junto con Francisco López Guerra, José Grinberg y Sara Topelson, realizaron el diseño del nuevo edificio que estará ubicado en el Centro Cultural Universitario (CCU), de la Universidad de Guadalajara, espera que efectivamente haya recursos para terminar la Biblioteca Pública del Estado de Jalisco Juan José Arreola, en 2008. El inmueble constará de 40 mil metros cuadrados, 120 metros de largo y tendrá capacidad para 2 millones de volúmenes, y podrá atender al mismo tiempo a 3 mil 600 usuarios.

  • ZACATECAS mi tierra

    Es el título del libro del Químico Ezequiel Estrada Reynoso, originario y vecino de Moyahua Zacatecas. En todo el país hay autores que escriben y publican por su cuenta, sin apoyo de quienes dicen promover la educación y la cultura.

  • Historia de la FACULTAD DE DERECHO de la Universidad de Sonora. Autor: Alberto Macías Enríquez

    El autor rescata fuentes fundamentales para comprender la historia de la Facultad de Derecho de la Universidad de Sonora, y escribe una historia de consulta obligada para quienes quieran entender el desarrollo del estudio del derecho en Sonora.

  • INTERIOR DE LA CASA DE VILLA EN SAYULA JALISCO

    En esta agradable casa y con un clima envidiable vivió Villa con parte de su escolta de Dorados

  • AVES EN LA LAGUNA DE SAYULA JALISCO

    La Laguna de Sayula es un humedal que da refugio a una gran variedad de aves migratorias y nativas.

  • CASA DE PANCHO VILLA EN SAYULA JALISCO

    En esta casa habitó Pancho Villa cuando perseguía al huidizo gobernador de Jalisco, Manuel M. Diéguez

El STAUS, sindicato y patrón

 

De un tiempo acá la dirigencia del STAUS ha venido interviniendo en la programación de profesores, suplantando a los órganos académicos; ahora también se les ha concedido intervenir en la asignación de plazas de profesor de carrera.

Esta práctica, admitida por las autoridades universitarias, es inconstitucional. El Artículo 3°, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dice textual:

“Las relaciones laborales, tanto del personal académico como del administrativo, se normarán por el apartado A del artículo 123 de esta Constitución, en los términos y con las modalidades de un trabajo especial, de manera que concuerden con la autonomía, la libertad de cátedra e investigación y los fines de las instituciones a que esta fracción se refiere;”

Así pues, el trabajo académico es un “trabajo especial”, incompatible con la práctica de un escalafón ciego que nutrió las relaciones entre el charrismo sindical y el sector empresarial, cobijados bajo la sombra de los gobiernos priistas y su Partido Único.

Esto no lo ignoraban las autoridades universitarias y la dirigencia del STAUS que, por lo menos, desde el Contrato Colectivo de Trabajo 1989-1991, firmaban una CLAÚSULA 9 sobre “ASPECTOS ACADÉMICOS”, la cual dice: “Los aspectos de carácter exclusivamente académico quedan reservados a la Universidad de Sonora en los términos del Artículo Tercero, Fracción Octava, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.”

Esta cláusula estuvo vigente sin cambio alguno todavía en el Contrato Colectivo de Trabajo 2021-2023, pero en el contrato 2023-2025 se le añadió: “De presentarse afectaciones a los derechos laborales del personal académico, deberán tratarse bilateralmente.”

El cambio sustancial es en la “CLÁUSULA 8. MATERIA DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO

Es materia de este Contrato Colectivo de Trabajo, todos los asuntos concernientes a las relaciones y condiciones laborales, así como la programación académica y carga de trabajo del personal académico con la Universidad de Sonora.”

En el convenio del 22 de mayo de 2023, la autoridad universitaria y el dirigente formal del STAUS, acuerdan en la Cláusula DÉCIMA OCTAVA, discutir los cambios en el Estatuto de Personal Académico para ver la viabilidad de que el sindicato avance en su participación como patrón.

La fracción octava de la Constitución Política de los Estados Unidos  Mexicanos, señala que el Congreso de la Unión expedirá las leyes necesarias en materia educativa, para distribuir esa función social y las aportaciones económicas entre los tres niveles de gobierno, “y a señalar las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo mismo que a todos aquellos que las infrinjan”.

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